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Información del PQRSDF
ID del PQRSDF : HOSMILG-1068
Categoría : DENUNCIA
Fecha de apertura : 25 Jul, 2026
Estado : Closed
Estado de respuesta : Solved
La solicitud se radicará a nombre de: : Anónimo

Radiología del Hospital Centra

Fecha de creación hace 3 semanas

ASUNTO: Derecho de petición – Solicitud de verificación institucional sobre hechos relacionados con una persona que presuntamente habría prestado sus servicios en el área de Radiología del Hospital Central Militar.

Señores
HOSPITAL CENTRAL MILITAR
Dirección General
Oficina de Atención al Usuario
Oficina de Control Interno Disciplinario

Referencia: Solicitud de verificación institucional de hechos puestos en conocimiento de la entidad.

Respetados señores:

En ejercicio del derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y desarrollado por la Ley 1755 de 2015, me permito poner en conocimiento de esa institución una situación que considero reviste especial importancia y que, en mi criterio, amerita una verificación exhaustiva por parte de las dependencias competentes.

El Hospital Central Militar es reconocido como una de las instituciones hospitalarias de mayor prestigio del país y constituye un referente en la prestación de servicios de salud para los integrantes de las Fuerzas Militares, sus familias y demás beneficiarios del Subsistema de Salud. Ese prestigio se sustenta no solo en la calidad técnica de sus profesionales, sino también en la conducta ética, el profesionalismo, la integridad y la confianza que deben inspirar todos quienes hacen parte de la institución.

Tuve conocimiento de unos perfiles en redes sociales que presuntamente corresponderían al señor Juan Camilo Guzmán. De acuerdo con la información recopilada, dicha persona habría prestado sus servicios en el área de Radiología del Hospital Central Militar, circunstancia cuya veracidad solicito respetuosamente sea verificada por esa institución dentro del marco de sus competencias.

Con el propósito de verificar si dichos perfiles correspondían a la misma persona, establecí contacto mediante una cuenta creada para ese fin. Durante la conversación, el titular del perfil compartió voluntariamente fotografías personales y suministró un número de teléfono celular. Posteriormente, dicho número fue consultado mediante una aplicación de identificación de llamadas, donde aparecía asociado al nombre "Juan Guzmán". Todas estas evidencias se anexan para facilitar las verificaciones que la institución estime pertinentes.

Asimismo, se anexan capturas de un perfil privado identificado como @Andrufarrero en la red social X, al cual se tuvo acceso una vez fue aceptada la solicitud de seguimiento. En dicho perfil se observan diversas publicaciones de contenido sexual explícito que, de acuerdo con las capturas aportadas, eran visibles para los seguidores autorizados por el titular de la cuenta. Las imágenes anexas evidencian que el perfil registraba aproximadamente 1.300 seguidores al momento de su consulta. La presente información se aporta únicamente como elemento de conocimiento para que esa institución, en ejercicio de sus competencias y con plena observancia del debido proceso, valore su eventual relevancia, establezca si corresponde efectivamente a la misma persona cuya identidad se solicita verificar y determine si los hechos guardan alguna relación con una eventual vinculación institucional.

Mi preocupación radica en que, de confirmarse que la persona identificada en los anexos efectivamente habría prestado sus servicios en el área de Radiología del Hospital Central Militar durante el período correspondiente, habría desempeñado funciones en una dependencia que mantiene contacto permanente con pacientes de diferentes edades y condiciones, incluyendo menores de edad, adultos mayores, personal militar activo, personal en uso de buen retiro, beneficiarios y demás usuarios del sistema de salud. En ese sentido, solicito que la institución verifique si los hechos puestos en su conocimiento guardan relación con el período de dicha eventual vinculación institucional y determine, en el marco de sus competencias, si corresponde adelantar alguna actuación conforme a la normatividad vigente.

Considero que la confianza que la ciudadanía deposita en el Hospital Central Militar constituye uno de sus principales activos institucionales. En consecuencia, cualquier situación que pueda generar dudas sobre el comportamiento de quienes representan a la institución merece ser analizada con el mayor rigor, objetividad y transparencia, siempre dentro del marco del debido proceso.

La presente comunicación no pretende atribuir responsabilidad disciplinaria ni solicitar una sanción anticipada. Su finalidad es poner en conocimiento unos hechos acompañados de evidencias para que el Hospital Central Militar determine, en ejercicio de sus competencias, si la persona identificada en los anexos mantuvo o mantiene algún vínculo laboral, contractual o de prestación de servicios con la institución y, de ser así, establezca si los hechos puestos en conocimiento guardan relación con dicha eventual vinculación institucional y, de encontrar mérito, determine si corresponde adelantar las actuaciones administrativas que resulten procedentes conforme a la normatividad aplicable.  

Por lo anterior, respetuosamente solicito:

  1. Verificar si la persona que presuntamente corresponde al señor Juan Camilo Guzmán mantuvo o mantiene algún vínculo laboral, contractual o de prestación de servicios con el Hospital Central Militar, indicando, de ser el caso, el período durante el cual estuvo vinculada a la institución, con el fin de establecer si los hechos puestos en conocimiento guardan relación con dicha eventual vinculación.
  2. Verificar la autenticidad de los perfiles en redes sociales, las conversaciones, el número telefónico y las demás evidencias aportadas.
  3. Evaluar si, de confirmarse la identidad de la persona y la existencia de un vínculo con la institución, los hechos puestos en conocimiento ameritan alguna actuación conforme a las normas internas y a las disposiciones legales aplicables.
  4. En caso de existir mérito, adelantar las actuaciones administrativas o disciplinarias que correspondan, garantizando plenamente el debido proceso y el derecho de defensa.
  5. Tramitar la presente denuncia conforme a la normatividad vigente y adelantar, por conducto de las dependencias competentes, las actuaciones que legalmente correspondan.

Reitero que esta solicitud se formula con el único propósito de contribuir al fortalecimiento de la transparencia, la ética institucional y la confianza de los usuarios en una entidad que representa uno de los más altos estándares de la sanidad militar colombiana.

Finalmente, solicito respetuosamente que, en el evento de que como resultado de las verificaciones adelantadas y de las actuaciones administrativas que correspondan el Hospital Central Militar establezca la existencia de hechos que, conforme a la normatividad vigente, puedan constituir una posible infracción de carácter ético, disciplinario, administrativo o relacionada con el ejercicio de una profesión del área de la salud, se sirva efectuar las remisiones a las autoridades que legalmente resulten competentes, entre ellas, de ser procedente, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Tribunal de Ética correspondiente u otra autoridad con competencia sobre la materia, para que, dentro del ámbito de sus funciones, adelanten las actuaciones que estimen procedentes conforme a la Constitución, la ley y el debido proceso, así como las demás medidas que legalmente puedan derivarse de las decisiones que dichas autoridades adopten.

ANEXOS

1.      Capturas del perfil de Instagram, Facebook y Threads.

2.      Capturas del perfil de X.

3.      Capturas de las publicaciones observadas.

4.      Capturas de la conversación sostenida con el titular del perfil.

5.      Capturas del número telefónico suministrado.

6.      Captura de la aplicación de identificación de llamadas.

7.      Demás soportes documentales aportados.

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Respuesta

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Luisa Fernanda Acero Muñoz superadmin
hace 1 semana

Cordial saludo,

Agradecemos su comunicación.

En atención a su solicitud y, una vez verificada la información registrada en la página web [1068], nos permitimos informar que la respuesta a su requerimiento fue publicada en la cartelera el día 06 de agosto de 2026.

Asimismo, adjuntamos la respuesta emitida por esta entidad respecto de la comunicación identificada con el ID No. 499795, para los fines pertinentes.

Atentamente. 

ATENCIÓN AL USUARIO

atencionalusuario@homil.gov.co 

(601) 3 48 6868 Ext. 3025 

Transversal 3C No. 49 - 02, Bogotá D.C. 

www.hospitalmilitar.gov.co 

Hospital Militar Central Colombia


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Luisa Fernanda Acero Muñoz superadmin
hace 2 semanas

Cordial saludo,

Agradecemos su comunicación.

Confirmamos la recepción del documento HOSMILG-1068, el cual fue radicado bajo el ID No. 499795 (27 julio) y remitido al área competente para su respectiva gestión.

De conformidad con lo establecido en la Ley 1755 de 2015, el término para dar respuesta a las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y reconocimientos es de quince (15) días hábiles.


Cordialmente

ATENCIÓN AL USUARIO

atencionalusuario@homil.gov.co 

(601) 3 48 6868 Ext. 3025 

Transversal 3C No. 49 - 02, Bogotá D.C. 

www.hospitalmilitar.gov.co 

Hospital Militar Central Colombia